Artículo UNICO
Artículo único. Abónase, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de doña María González Peña, el tiempo servido en la Corporación de Fomento de la Producción entre el 1.o de Agosto de 1940 y el 15 de Diciembre de 1940, y el comprendido entre el 19 de enero de 1941 y el 31 de diciembre de 1944.
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