Artículo UNICO
Artículo único. Reconócense, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Sergio Aguilera Aguilera, los dos años en que prestó servicios como profesor de Castellano en el Liceo Nocturno Pedro Aguirre Cerda, desde el 1.o de Marzo de 1950 hasta el 28 de Febrero de 1952. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al item de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
