Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Teresa Alarcón viuda de Fuentealba, una pensión mensual de veinticinco mil pesos. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
