Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a siete mil pesos ($ 7.000) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Carmen Triviño viuda de Lara. El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones el Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
