Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Elvira Montecinos Porto, viuda de don Ernesto Eggers Pflanz, y a sus menores hijas Nora, Marta, Adriana y Elvira Eggers Montecinos, una pensión de siete mil pesos mensuales, con derecho a acrecer y sin perjuicio del montepío que actualmente perciben. El gasto que importe esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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