Artículo UNICO
Artículo único. Prorrógase en forma vitalicia y auméntase, por gracia, a treinta y cinco mil pesos ($ 35.000) mensuales, la pensión de que disfruta doña Juana Atria Mardones. El mayor gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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