Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a quince mil pesos mensuales la pensión de que disfruta doña Benilde Osses viuda de Aburto. El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
