Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, al ex servidor público don Eduardo Flores Leiva una pensión de quince mil pesos (15.000) mensuales. El mayor gasto que importe el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
