Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a diez mil pesos ($ 10.000) mensuales la pensión de que disfruta don Aquilino Arancibia Vicencio. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
