Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Elena Guzmán Echeverría viuda de Errázuriz, una pensión de cuarenta mil pesos ($ 40.000) mensuales, de la que disfrutará sin perjuicio de la pensión de montepío que actualmente percibe. El gasto que signifique el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
