Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Elsa Valenzuela Santander viuda de Preusser, una pensión de $ 3.000 mensuales, por los servicios prestados por su padre, don Eduardo Valenzuela Guzmán. El gasto que importa esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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