Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Guillermo Sotomayor Bustamante una pensión de veinte y cinco mil pesos ($ 25.000) mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
