Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a treinta mil pesos mensuales la pensión que con derecho a acrecer disfrutan doña Clara Picarte viuda de Astorquiza y doña Elisa Middleton Picarte, en virtud de la ley N.o 10.597, de 10 de Octubre de 1952. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
