Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Armando Silva Valenzuela, jubilado como Intendente de Ñuble, con 22 años de servicios computables, el derecho a rejubilar en relación a las remuneraciones que actualmente corresponden a dicho cargo. Esta jubilación quedará sujeta en el futuro a las disposiciones del artículo 179 del decreto con fuerza de ley 256, de 1953.
📜 Texto Legal Técnico
