Artículo UNICO
Artículo único.- Reemplázase en el artículo único de la ley Nº 17.841, de 18 de Noviembre de 1972, la frase "las obras de construcción y terminación del Estadio Naval, en Talcahuano", por la siguiente: "reparaciones, mantenimiento, instalaciones, construcciones menores y los correspondientes artículos complementarios de las viviendas fiscales destinadas a la Armada de Chile".
📜 Texto Legal Técnico
