Artículo UNICO
Artículo único.- Rectificanse las disposiciones de la ley Nº 17.941, publicada en el Diario Oficial de 13 de Junio del año 1973, en el sentido de que el apellido Bascur, que en dicha ley se menciona, es en realidad Basaur.
📜 Texto Legal Técnico
