Artículo
Suspéndese la visita de cárceles correspondiente al segundo semestre de 1973, establecida en los artículos 578 a 585 del Código Orgánico de Tribunales para el día 15 de Septiembre y trasládase para el día 29 de Septiembre de 1973 a las 14 horas en todas las ciudades del país.
📜 Texto Legal Técnico
