Artículo UNICO
Artículo único: "Concédese amnistía al señor Patricio Magno Zelada Ródena, condenado a la pena de 61 días de reclusión menor en su grado mínimo y a la de separación del Servicio, como autor del delito de daño en el material de guerra del Ejército, por sentencia del Juzgado Militar de Antofagasta, recaída en la causa Nº 60, del año 1962, de dicho Tribunal. Asimismo, rehabilítase al beneficiario en los términos que establece el artículo 232 del Código de Justicia Militar".
📜 Texto Legal Técnico
