Artículo UNICO
Artículo único.- Prorrógase por un nuevo período, a contar desde el 28 de Noviembre de 1973, el mandato de los actuales Consejeros de elección que integran el Consejo de la Caja de Ahorros de Empleados Públicos.
📜 Texto Legal Técnico
PRORROGA MANDATO A LOS CONSEJEROS QUE INDICA DE LA CAJA DE AHORROS DE EMPLEADOS PUBLICOS
Decreto Ley 160 · 1 artículos · Versión BCN: 1973-12-04 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Prorrógase por un nuevo período, a contar desde el 28 de Noviembre de 1973, el mandato de los actuales Consejeros de elección que integran el Consejo de la Caja de Ahorros de Empleados Públicos.