Artículo UNICO
Artículo único. Reeonócense, por gracia, para todos los efectos legales, a don Lupercio Véjar Gutiérrez, los 7 años, 6 meses y 28 días que sirvió los cargos de Gobernador de los departamentos de Talagante, San Bernardo, Yumbel y Tomé. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
