Artículo 1
Artículo 1º- Nómbrase Capitán de Bandada, de Línea, de Armas, Técnico, de la Fuerza Aérea de Chile, con fecha 1º de Enero de 1974 (1º.I.1974), al actual Teniente de Carabineros don Aníbal Alejandro Merino Silva.
NOMBRA CAPITAN DE BANDADA, DE LINEA, DE ARMAS, TECNICO, DE LA FUERZA AEREA DE CHILE, AL TENIENTE DE CARABINEROS DON ANIBAL ALEJANDRO MERINO SILVA
Decreto Ley 302 · 2 artículos · Versión BCN: 1974-02-01 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1º- Nómbrase Capitán de Bandada, de Línea, de Armas, Técnico, de la Fuerza Aérea de Chile, con fecha 1º de Enero de 1974 (1º.I.1974), al actual Teniente de Carabineros don Aníbal Alejandro Merino Silva.
Artículo 2º- El Capitán de Bandada Sr. Merino deberá quedar encuadrado en el último lugar de los de su grado en el Escalafón de Oficiales de Línea, de Armas, Técnico, de la Fuerza Aérea de Chile, a continuación del Capitán de Bandada (T) don Evandro Valenzuela Guevara, fijándosele como fecha de su último ascenso el día 1º de Enero de 1974 (1º.I.1974) y sirviéndole, para los efectos de su ascenso al grado superior, el exceso de tiempo servido en el grado de Teniente de Carabineros, en conformidad con lo dispuesto en el Art. 35º del DFL. Nº 1, de 1968.