Artículo 1
Artículo 1º.- Autorízase al Sporting Club de Valparaíso y al Club Hípico de la Sociedad Rural de Magallanes para efectuar una vez al año vez una reunión extraordinaria de carreras en día no festivo, cuyo producto líquido se entregará directamente a la Fundación Ropero del Pueblo.
📜 Texto Legal Técnico
