Artículo 1º.- Facúltase al Subsecretario de Transportes para asignar los nueve (9) automóviles Chevy-Nova, importados para el servicio de alquiler, de acuerdo a lo prescrito en los artículos 1º y 2º transitorios de la ley 17.620, que están actualmente bajo el cuidado de la Dirección General del Servicio de Investigaciones, a taxistas que se encuentran en circunstancias especialmente calificadas a juicio de dicho Subsecretario.
Artículo 2º.- Los automóviles para el servicio de alquiler, a que se hace mención en el artículo 1º, se regirán por las normas de comercialización que la autoridad administrativa fije para los automóviles marca Peugeot modelo 404, cuya importación se autorizó por resolución Nº 155, de 5 de Abril de 1973, publicada en el Diario Oficial de 3 de Mayo de 1973, de la Subsecretaria de Transportes, y decreto supremo Nº 80, de 15 de Marzo de 1973, publicado en el Diario Oficial de 5 de Mayo del mismo año, para ser destinados al servicio público de alquiler y, en consecuencia, gozarán de idénticas franquicias de las otorgadas a los automóviles marca Peugeot, y