Artículo 1
Artículo 1°.- Declárase disuelta la Comisión Organizada de la 61ª Conferencia Interparlamentaria que debió celebrarse en Chile entre los días 2 y 13 de Octubre del presente año. Sin embargo, el Presidente de dicha Comisión continuará en sus funciones con el objeto de finiquitar las diligencias iniciadas, realizar los pagos insolutos, dar cumplimiento o poner término a los contratos pendientes, procurar la devolución de las maquinarias, enseres, elementos y valores a sus dueños. Se le autoriza asimismo para efectuar la reexportación a Holanda de los equipos para un canal de traducción simultánea y el abono de su valor líquido al donante (grupo Interparlamentario de Kuwait) en el plazo que se requiera para este fin. Las mercancías que aún se encuentren bajo la potestad de la Aduana, al reexportarse estarán exentas de derechos, impuestos, tasa de almacenaje u otros gravámenes que las afecten.
