Artículo UNICO
Artículo único.- Créase en la planta de personal de la Subsecretaría de Transportes, un cargo de profesional grado 4º de la E.U.S.
📜 Texto Legal Técnico
CREA CARGO DE CARRERA QUE INDICA EN LA SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES, CONFORME AL INCISO CUARTO DEL ARTICULO SEPTUAGESIMO DE LA LEY Nº19.882
DFL 1 · 1 artículos · Versión BCN: 2003-11-06 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Créase en la planta de personal de la Subsecretaría de Transportes, un cargo de profesional grado 4º de la E.U.S.