Artículo UNICO
Artículo único.- Dispónese, por única vez, el traspaso de las imposiciones previsionales efectuadas por los funcionarios a contrata del Servicio Aerofotogramétrico de la Fuerza Aérea de Chile, que a continuación se individualizan, desde la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por el período comprendido entre el 1º de Abril de 1971 al 31 de Diciembre de 1973 (1º-IV-1971 al 31-XII-1973): Doña Carmen Armijo Gómez (RC. Nº 241.981) Doña Elena Neculhueque Marín (RC. Nº 428.479) Don Fernando Alaminos Marín (RC. Nº 392.296) Don José Silva Aburto (RC. Nº 392.227) Don Hermes Saavedra Cornejo (RC. Nº 392.294) Don Alberto Toro Otto (RC. Nº 392.295)
