APRUEBA PLANTA Y UBICACION EN LA ESCALA UNICA DEL
PERSONAL DE LA EMPRESA DE AGUA POTABLE DE SANTIAGO Y
SERVICIO DE AGUA POTABLE EL CANELO
Decreto Ley 638 · 10 artículos · Versión BCN: 1974-08-07 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Art. 1º.- Fijase, a contar del 1º de Enero de 1974, para los trabajadores de la Empresa de Agua Potable de Santiago, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13º del decreto ley Nº 249, de 1974, la siguiente ubicación de la Escala Unica: Grado Designación Actual Escala Unica F/G Ing. Presidente de la Empresa 3 F/G Ing. Administrador 4 1 Ing. Jefe Depto. Estudios y Construcción 5 1 Ing. Jefe Depto. Explotación 5 1 Ing. Jefe Depto. Administración 5 1 Ing. o Abogado Jefe Depto. Relacionador 5 1 Fiscal 5 1 Jefe Sub-Depto. Comercial 6 2 Jefe Sub-Depto. Materiales 6 2 Jefe Sub-Depto. Producción 6 2 Jefe Sub-Depto. Mantención 6 2 Jefe Sub-Depto. Nuevas Matrices y Servicios 6 2 Abogado Jefe Fiscalía 6 Jefaturas Subdepartamento de Ventas 9 Subdepartamento Personal 9 Contraloría Interna 9 Secretario General 9 Sección Distribución 9 Sección Instalación y Matrices 9 Sección Maestranza 9 Sección Conservación 10 Sección Redes 10 Contabilidad General 10 Procesamiento de Datos 10 Relaciones Industriales 10 Organización y Métodos 11 Jefe de Planta (Producción Cordillera) 11 Jefes Sección A 12 Sub-Contador General 12 Sección Bienestar 13 Inspectores Contraloría Interna 13 Jefes Sección B 13 Inspectores Contraloría Interna 14 Jefes Sección C 14 Jefes Sección Tratamiento Sanitario 15 Jefes Sección D. 15 Jefes Sección E. 16 Jefes Sección F. 17 Jefes Sección G. 18 Jefes Sección H. 19 Jefes Sección I. 20 PLANTA PROFESIONAL Ingenieros 2 6 3 7 4 8 5 10 6 12 7 17 Abogados 3 6 4 8 5 10 6 12 7 17 Constructores Civiles 5 10 6 12 7 13 7 15 7 17 10 19 Contadores 6 18 7 18 8 19 9 19 10 20 11 20 12 21 13 22 14 23 15 25 Los cargos de grado 25 se transformaran en grado 27 a medida que vayan quedando vacantes. Grado Designación Actual Escala Unica Ingenieros de Ejecución 5 10 6 12 7 13 8 15 9 17 10 19 11 19 Escalafón de Técnicos Oficiales Técnicos (Dibujantes Técnicos o Insp. Técnic.) 7 19 8 20 9 21 10 22 11 22 12 23 13 23 14 24 15 26 16 27 Asistentes Sociales 8 13 9 16 10 19 Los cargos de grado 19 se transformarán en grado 21, a medida que vayan quedando vacantes. Enfermeras Universitarias y Matronas 9 12 10 16 Los cargos de grado 16 se transformarán en grado 20, a medida que vayan quedando vacantes. Otros Profesionales Paramédicos 12 Kinesiólogos 16 Jefe Policlínicos 19 11 Practicantes 23 14 Practicantes Auxiliar 25 18 Enfermeras Auxiliares 28 Los cargos de Enfermera Auxiliar se transformarán en Grado 32, a medida que vayan quedando vacantes. Otros Profesionales Universitarios 4 Bacteriólogos 8 4 Arquitectos 10 8 Administradores Públicos 12 10 Administradores Públicos 14 9 Periodistas 16 8 Técnicos Comercialización 16 15 Parvularias 18 11 Procuradores 24 A medida que vayan quedando vacantes: El grado 10 de Arquitecto se transformará en 17 El grado 14 de Administrador Público se transformará en 17 El grado 16 de Periodista se transformará en 20 El grado 18 de Parvularia se transformará en 22 El grado 16 de Técnico de Comercialización se transformará en 23 Requisitos para el cargo de Bacteriólogo: -Médico Bacteriólogo y otro profesional con especialización en este ramo y experiencia mínima de 3 años. Planta Dibujante c/Título Universitario 7 14 8 15 9 16 10 17 11 18 12 19 13 20 14 21 15 23 Planta Administrativa 6 19 7 20 8 21 9 21 10 22 11 22 12 23 13 23 14 24 15 24 16 25 17 26 18 27 19 28 20 29 Los cargos de grado 29 se transformarán en grado 31 a medida que vayan quedando vacantes. Planta Oficiales Técnicos 11 19 12 19 13 20 14 20 15 21 16 22 17 23 18 24 19 25 20 26 Los cargos de grado 26 se transformarán en grado 27 a medida que vayan quedando vacantes. Procesamiento de Datos Programadores (Computación) A 14 Programadores (Computación) B 15 Programadores (Computación) C 16 Supervisores equipo Computación 17 Supervisores equipo UR 18 Operadores y Perforistas 11 19 12 19 13 20 14 20 15 21 16 22 17 23 18 24 19 25 20 26 Los cargos de grado 26 se transformarán en 27 a medida que vayan quedando vacantes. Servicios Especializados Jefes Matriceros 22 Jefes Gásfiter 23 Jefes Obras 24 Servicios Menores y Oficios (operarios) 1 25 2 25 3 26 4 26 5 27 6 27 7 28 8 28 9 29 10 30 11 33
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Art. 2º.- Fíjase a contar del 1º de Enero de 1974, para los trabajadores del Servicio de Agua Potable El Canelo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13º del decreto ley Nº 249, de 1974, la siguiente ubicación en Escala Unica: Grado Designación Actual Escala Unica Administrador Delegado 5 Jefe Depto. Explotación 6 Jefe Depto. Comercial 6 Jefaturas Distribución 9 Zona A (La Cisterna) (C.C.) 9 Materiales y Transportes (C.C. o Ing. Ejec.) 9 Mantenimiento de Maquinarias (Ing. o I. Ejec.) 10 Zonales B (La Granja y Puente Alto (C.C.) 10 Contabilidad General (Contador) 10 Zonales C (San Bernardo, Talagante y Buin) (C.C.) 11 Proyectos Instalaciones e Insp. Domic. (C.C.) 11 Area de Explotación Zona B 15 Area Administrativa Zonales A y B 15 Area Explotación Zonal C 17 Area Administrativa Zonal C 18 Planta de Ingenieros 3 7 Constructores Civiles 5 10 6 12 7 13 8 15 9 17 10 19 Contadores 6 18 7 18 8 19 9 19 10 20 11 20 12 21 13 22 14 23 15 25 Los cargos de grado 25 se transformarán en grado 27 a medida que vayan quedando vacantes. Planta Administrativa 6 19 7 20 8 21 9 21 10 22 11 22 12 23 13 23 14 24 15 24 16 25 17 26 18 27 19 28 20 29 Los cargos de grado 29 se transformarán en 31 a medida que vayan quedando vacantes. Planta de Oficiales Técnicos Dibujantes 11 19 12 19 13 20 14 20 15 21 16 22 17 23 18 24 19 25 20 26 Los cargos de grado 26 se transformarán en grado 27 a medida que vayan quedando vacantes. Servicios Especializados Jefe Medidores 22 Jefe Gasfitería 23 Jefe Obras 24 Escalafón de Operarios 1 25 2 25 3 26 4 26 5 27 6 27 7 28 8 28 9 29 10 30 11 33
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Art. 3º.- Elimínase de la Planta de la Empresa de Agua Potable de Santiago un cargo de Sociólogo grado 8, un cargo de Psicólogo grado 3 y un cargo de Periodista grado 10.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Art. 4º.- La autoridad superior encasillará al personal de las Plantas antes referidas por una sola vez, por resolución interna, de acuerdo a sus facultades propias derivadas de los D.L. N.os 44 y 53, discrecionalmente y sin perjuicio a los requisitos exigidos para el cargo.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 5
Art. 5º.- El personal de la Empresa de Agua Potable de Santiago y Servicio El Canelo percibirá además de su sueldo las asignaciones establecidas en el artículo 5º del decreto ley Nº 249, de 1973. Los trabajadores de la Empresa de Agua Potable de Santiago y Servicio de Agua Potable El Canelo percibirán además en los meses de Marzo, Septiembre y Diciembre de cada año una asignación equivalente al monto del grado 35 establecido en el artículo 1º del D.L. Nº 249 y sus modificaciones posteriores, en reemplazo de los bonos de vacaciones, Fiestas Patrias, Navidad y de la asignación de escolaridad que se suprimen. En ningún caso esta asignación permitirá sobrepasar el nivel máximo de las respectivas posiciones relativas indicadas en el artículo 12 del D.L. Nº 249, al prorratearse mensualmente este beneficio, no imponible.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 6
Art. 6º.- El personal de la Sección Maestranza, que se encuentra incluido en el Escalafón de Oficiales Técnicos podrá percibir por concepto de tratos y/o primas de producción una suma que no podrá exceder de la diferencia de renta que represente dos grados por sobre la respectiva ubicación en la Escala Unica, salvo aquellos encasillados en el grado 19 de la misma Escala, los que sólo podrán percibir una suma que no podrá exceder de la diferencia de renta equivalente al grado superior. El pago de este beneficio se regulará por las normas que establezca el Reglamento que se dictará y el cual deberá ser aprobado por el Ministerio de Hacienda. La autoridad superior del Servicio, en atención a la naturaleza de las funciones, queda facultada para autorizar, en casos justificados, el pago de horas extraordinarias, sin limitaciones relativas a horarios nocturnos y/o en días festivos. El personal de Recaudadores de la Empresa de Agua Potable de Santiago y del Servicio de Agua Potable El Canelo podrá llegar a percibir por concepto de comisiones hasta una suma máxima equivalente al sueldo que corresponda a 3 grados sobre su ubicación en el encasillamiento. El pago de este beneficio se regulará por las normas que establezca el decreto supremo que se dictará y el cual deberá ser aprobado por el Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 7
Art. 7º.- Las cantidades percibidas por concepto de anticipo de remuneraciones, durante los meses de Marzo, Abril y Mayor de 1974, que excedan de los montos líquidos de las remuneraciones determinadas por la aplicación del decreto ley Nº 249, de 1974, no serán reintegradas, mientras no se dicten las normas específicas que regulen dicho reintegro.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 8
Art. 8º.- Los trabajadores a que se refiere este decreto ley, a quienes corresponde ascender dentro de su respectivo escalafón, sólo tendrán derecho a obtener como consecuencia de la promoción un aumento hasta de dos grados en la Escala Unica, artículo 1º del D.L. Nº 249. Si no existiere en la Planta respectiva el grado correspondiente, el grado del cargo vacante se transformará automáticamente en aquel que permite la aplicación de esta norma.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 9
Art. 9º.- Facúltese al señor Presidente de la Empresa para pagar prácticas de estudio previamente solicitadas por los establecimientos educacionales. Los egresados tendrán derecho a percibir una remuneración inferior en dos niveles a la renta mínima del respectivo escalafón y los estudiantes que hayan aprobado a lo menos el 80% de su carrera, tendrán derecho a una remuneración inferior en tres niveles del escalafón correspondiente.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 10
Art. 10º.- El presente decreto ley regirá a contar del 1º de Enero de 1974.