Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Autorízase a las Municipalidades que a continuacion se espresan para levantar empréstitos hasta por las cantidades que en seguida se indican, con el objeto de atender al servicio de policía de seguridad i aseo durante el presente año. A la Municipalidad de Limache, siete mil pesos ($ 7,000); A la de San Bernardo, veintiocho mil pesos ($ 28,000); A la de Maipo, quince mil pesos ($ 15,000); A la de Lontué, cuatro mil pesos ($ 4,000); A la de Traiguen, veinte mil pesos ($ 20,000); i A la de Valdivia, veinte mil pesos ($ 20,000). Las deudas que las Municipalidades contraigan en virtud de esta autorizacion deberán ser canceladas en el año en curso con las entradas ordinarias de esas corporaciones.
