AUTORIZA LA IMPORTACION Y LIBERA DEL PAGO DE DERECHOS DE
INTERNACION A LAS SUSTANCIAS QUIMICAS PARA COMBATIR LA
CONTAMINACION DE LAS AGUAS DEL ESTRECHO DE MAGALLANES
Decreto Ley 757 · 3 artículos · Versión BCN: 1974-11-20 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1º.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, incluida la tasa de despacho establecida en el artículo 190 de la ley Nº 16.464 y sus modificaciones posteriores, como asimismo del impuesto de que trata el artículo 44 de la ley Nº 17.564 y de los depósitos previos de importación, como también de almacenajes, a las sustancias químicas internadas al país para combatir la contaminación de las aguas del Estrecho de Magallanes, y que efectivamente sean consumidas en dicha finalidad, con motivo del accidente sufrido en dicho estrecho por el buque tanque "METULA".
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2º.- Las mismas franquicias señaladas en el artículo anterior se aplicarán a aquellos materiales, mercancías, equipos e instrumentos que sean internados al país para las maniobras de salvataje del expresado buque y para las faenas de descontaminación de aguas, siempre que ellos queden a disposición de la Armada de Chile.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3º.- No regirán para las mercancías favorecidas con esta liberación, las prohibiciones u otras limitaciones a la importación, y estarán exentas de la obligación de registro y depósito previo ante el Banco Central de Chile.