Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase al Director de la "Revista de Educación", editada por el Ministerio de Educación Pública, para que pueda contratar y publicar en ella avisos comerciales. Los ingresos que por este concepto se reciban se depositarán en la cuenta bancaria fiscal que la revista tiene autorizada y estarán destinados a su financiamiento, incluyéndose el pago de comisiones por la colocación de avisos.
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