Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase a la Dirección General de Investigaciones, por esta única vez, para llamar a integrar al Curso de Perfeccionamiento para ascender al grado de Subprefecto, hasta un total de 39 Subcomisarios, además de los Comisarios a quienes corresponda, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13º de la ley Nº 15.143. Las disposiciones legales y reglamentarias que se refieren a los "Comisarios", como integrantes de dichos cursos, deberán entenderse comprensivas, por esta vez, de los "Subcomisarios" que sean llamados a dicho curso.
