Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, como servicios efectivamente prestados por doña Talia González Figueroa, en la Administración Pública, el tiempo que se desempeñó como profesora del Instituto Comercial de Los Andes, desde el 30 de Octubre de 1949 al 31 de Octubre de 1950.
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