Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas para adquirir un bien raíz para el funcionamiento de la Junta Local de Auxilio Escolar y Becas de Quinta Normal de la Corporación, pudiendo el Secretario General invertir en esta compra el total del ítem que para estos efectos contempla el respectivo presupuesto.
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