Artículo UNICO
Artículo único.- Introdúcese la siguiente modificación al artículo 19 de la ley N° 11.161: "Agrégase a continuación del nombre "Universidad de Concepción", la frase que se indica, precedida de una coma (,), "o por las universidades del Estado o reconocidas por el Estado".
📜 Texto Legal Técnico
