Artículo UNICO
Artículo único.- Sustitúyese el nombre de las calles de la ciudad de Arica que a continuación se indican, por lo siguiente: a) En la población Chile: calle Los Almendros por calle Lauca; b) En la población Pacífico: Pasaje Antofagasta por Pasaje Quillota; c) En la población Nueva Imperial: Pasaje Cardenal por Pasaje Las Dalias; d) En el loteo Las Brisas: calle Las Vicuñas por calle La Tranquera; e) En la población San José y Renato Rocca: calle San Bernardo y Miraflores por Cotacotani; f) En la población Chile 3ra. Ampliación: Pasaje Los Claveles por Pasaje Las Violetas; g) Avenida Tarapacá, por Avenida Diego Portales; h) Calle Diego Portales, por calle Pedro Aguirre Cerda.
