Artículo UNICO
Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal del siguiente servicio público: OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA Primer Nivel Jerárquico Grado E.U.S. Nº Cargos Director 3º 1 Segundo Nivel Jerárquico Jefe Departamento 6º 4
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