Artículo UNICO
Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de los siguientes órganos y servicios públicos: 1.- DIRECCION NACIONAL DE FRONTERAS Y LIMITES DEL ESTADO Grado E.U.S. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Director Nacional 2º 1 Segundo Nivel Jerárquico Director de Fronteras 4º 1 Director de Límites 4º 1 2.- INSTITUTO ANTARTICO CHILENO Grado E.U.S. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Director 2º 1 Segundo Nivel Jerárquico Subdirector 4º 1
