Artículo 1
ART. 1.º Se reduce a quince por ciento el derecho de importacion que pagan el nitrato de potasa i el cloruro de potasio.
📜 Texto Legal Técnico
NITRATO DE POTASA I CLORURO DE POTASIO
Ley 197 · 2 artículos · Versión BCN: 1894-08-28 · Ver en LeyChile ↗
ART. 1.º Se reduce a quince por ciento el derecho de importacion que pagan el nitrato de potasa i el cloruro de potasio.
ART. 2.° Esta lei rejirá en toda la República tres meses despues de su publicacion en el Diario Oficial.