Artículo UNICO
Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de los siguientes órganos y servicios públicos: 1.- COMISION CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR Grado E.U.S. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Director Ejecutivo 2º 1 Segundo Nivel Jerárquico Jefes Deptos. 4º 6 2.- COMISION CHILENA DEL COBRE Nivel Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Vicepresidente Ejecutivo I 1 Segundo Nivel Jerárquico Fiscal II 1 Directores III 3 3.- SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA Categoría Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Director Nacional 1 1 Segundo Nivel Jerárquico Subdirector Nacional Geología 3 1 Subdirector Nacional Minería 5 1
