Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Concédense los siguientes suplementos a los ítems que se espresan de la partida 133 del presupuesto de Instruccion Pública: Item 1, para pagar los suplentes de los empleados de Instruccion Pública, ocho mil pesos ($ 8,000); Item 9, para jubilaciones, tres mil pesos ($ 3,000).
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