Artículo UNICO
Artículo único: Exceptuáse de la prohibición establecida en el artículo 2º, inciso primero, de la ley Nº 17.741, el automóvil marca Mercedes Benz, modelo 280-S, motor Nº 130.920.10.027357, chassis Nº 108.016.10.056203. Autorízase su enajenación en las condiciones señaladas en el inciso segundo del mencionado artículo.
📜 Texto Legal Técnico
