Artículo 1
Art. 1º.- Créanse en el Escalafón de Técnicos Universitarios de la Planta de la Corporación de la Vivienda, los siguientes nuevos cargos en la forma que a continuación se detalla: 8 cargos grado F E.U.16 1 cargo grado G E.U.17
CREA LOS CARGOS QUE INDICA EN LA PLANTA DE LA CORPORACION DE LA VIVIENDA
Decreto Ley 972 · 3 artículos · Versión BCN: 1975-05-05 · Ver en LeyChile ↗
Art. 1º.- Créanse en el Escalafón de Técnicos Universitarios de la Planta de la Corporación de la Vivienda, los siguientes nuevos cargos en la forma que a continuación se detalla: 8 cargos grado F E.U.16 1 cargo grado G E.U.17
Art. 2º.- En estos cargos deberán ser encasillados los Técnicos Colegiados inscritos en los registros del Colegio de Técnicos de Chile en virtud de la ley 12.851, de 1958, que se encontraban cumpliendo funciones en la Corporación de la Vivienda al 31 de Diciembre de 1973 y que, actualmente, se encuentran en servicio activo.
Art. 3º.- El encasillamiento que se practique producirá sus efectos a contar desde el 1º de Septiembre de 1974.