Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a cuatro sueldos vitales mensuales de la provincia de Santiago, la pensión de que actualmente disfruta el señor Manuel Huidobro Gutiérrez. El mayor gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
