Artículo UNICO
Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Arturo Podestá Denegri una pensión de un vital mensual de la provincia de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
