Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Declárase de utilidad pública el sitio eriazo situado en esta capital entre la Penitenciaría i Fábrica de Cartuchos i el Zanjon de la Aguada i entre las calles de San Ignacio i Padura i denominado "Los Cuatro Miradores." La espropiacion i pago se hará en conformidad con las prescripciones de la lei de 18 de Junio de 1857.
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