Artículo UNICO
Artículo único: Créanse en la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Ministeriales y los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización, fijada por el DFL Nº2, de 1990, de dicha Secretaría de Estado y sustituida por el artículo segundo de la ley Nº19.179, los siguientes cargos en la Planta de Directivos y Profesionales, a los cuales accederán los funcionarios que estén sirviendo un cargo adscrito en virtud de haber optado por continuar desempeñándose en uno de esa naturaleza: Planta Cargo Grado Nº de Cargos EUR Directivos Jefe Departamento 5 1 Profesionales Profesional 5 8
