Artículo 1
Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República para que transfiera gratuitamente a la Congregación Religiosa denominada "Hijas de San José, Protectoras de la Infancia", los terrenos fiscales que ocupan en la ciudad de Talca, de una superficie aproximada de doce mil ciento dieciséis metros cuadrados (12.116 m2.), con los siguientes deslindes particulares: Norte, terreno fiscal destinado a la Escuela Hogar Nº 12, de Talca, en 79,50 metros y calle sin nombre, en línea quebrada de 11 y 52 metros, respectivamente; Este, calle sin nombre en línea quebrada de 15,60;6;21;50;3,50 Y 32,20 metros, respectivamente; Sur, Constructora de Viviendas Económicas de Talca S. A., en 163 metros, y Oeste, canal de la Compañía General de Electricidad Industrial, que lo separa de terreno fiscal destinado a la Universidad Técnica del Estado, sede en Talca, en 95 metros. La Institución beneficiada deberá destinar los terrenos que se le transfieren al funcionamiento de la Casa de Huérfanos de Talca. Sin embargo, por decreto supremo fundado podrá concedérsele un nueva destinación, siempre que el beneficiario persiga fines de caridad.
