DISUELVE Y CANCELA LAS PERSONERIAS JURIDICAS DEL CLUB
MILITAR, CLUB DE LA FACH Y CLUB DE CARABINEROS
Decreto Ley 1229 · 3 artículos · Versión BCN: 1975-11-03 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1º.- Disuélvense las corporaciones denominadas "Club Militar de Chile", "Club de la Fuerza Aérea" y "Club de Carabineros de Chile" y cancélanse, en consecuencia, las personalidades jurídicas de que actualmente gozan y que les fueron concedidas por decretos supremos Nº 1.039, de 12 de Junio de 1917; Nº 3.096, de 18 de Agosto de 1942, y Nº 106, de 10 de Enero de 1928, respectivamente.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2º.- Los bienes de cada una de las Corporaciones señaladas en el artículo precedente pasarán a dominio del Estado, destinándose al Ejército los del Club Militar de Chile, a la Fuerza Aérea los del Club de la Fuerza Aérea, y a Carabineros los del Club de Carabineros de Chile. Estas Instituciones deberán emplear los citados bienes en fines de semejantes a los cuales servían.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3º.- El Ministerio de Tierras y Colonización, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º del presente decreto ley, solicitará la inscripción de dominio a favor del Fisco, de los inmuebles de propiedad de las Corporaciones que se disuelven, inscritas a Fs. 802, Nº 1.575, de 1943, la del Club Militar de Chile; a Fs. 5.785, Nº 7.530, de 1950, la del Club de la Fuerza Aérea, y a Fs. 6.699 y 1.053, Nºs. 13.344 y 1.249, de los años 1946 y 1961, respectivamente, la del Club de Carabineros de Chile, todas del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.