Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Se declara de utilidad pública la casa i sitio de la calle de Morandé de esta ciudad, que en Febrero de 1889 estaba asignada con el número 40. La espropiacion se hará con arreglo a la lei de 18 de Junio de 1857; sin tomar en cuenta el mayor valor que ha alcanzado la propiedad por las construcciones que han hecho necesaria la espropiacion.
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