FIJA LA PLANTA Y UBICA EN LA ESCALA UNICA AL PERSONAL DE
LA EMPRESA MUNICIPAL DE DESAGUES DE VALPARAISO Y VIÑA
DEL MAR
Decreto Ley 1345 · 6 artículos · Versión BCN: 1976-02-10 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1º.- Incorpórase a contar del 1º de Enero de 1976, al personal de la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, al sistema general del decreto ley Nº 249, de 1973, y fíjasele la siguiente Planta y ubicación en la Escala Unica; PLANTA DIRECTIVA Grado Nº Cargo Designación del Cargo Escala Unica 1 Ingeniero Gerente 5 1 Ingeniero Subgerente 6 1 Ingeniero Jefe Depto. Técnico 7 1 Fiscal 6 1 Jefe Contraloría, Normalización y 8 Presupuestos 1 Jefe Contabilidad y Tesorería 9 1 Secretario Abogado 9 1 Jefe Depto. Personal y Bienestar 10 PLANTA DE PROFESIONALES TECNICOS Y EXPERTOS 1 Ingeniero Civil 8 3 Constructores Civiles 10 1 Jefe Sección Contabilidad y Egresos 14 2 Jefes Secciones Valpo. y Viña del Mar 14 2 Jefes Secciones Valpo. y Viña del Mar 15 1 Jefe Planta Elevadora Viña del Mar 15 1 Jefe Planta Elevadora Valpo. 15 1 Jefe Sección Talleres y Maestranza 15 1 Jefe Recaudación, Contribución e Ingresos Valpo. 15 1 Subjefe Recaudación, Contribución e Ingresos Viña del Mar. 15 1 Subjefe Recaudación, Contribución e Ingresos Valparaíso 17 1 Jefe Inspectores Mantención Viña del Mar 17 1 Jefe Inspectores Mantención Valparaíso 17 1 Jefe Oficina Instalaciones Interiores 17 1 Asistente Social 17 1 Contador Subjefe Contabilidad y Egresos 17 1 Contador Subjefe Recaudación e Ingresos 17 1 Subjefe Adquisiciones y Almacenes Valparaíso 18 1 Subjefe Sueldos y Planillas 18 2 Dibujantes Técnicos 21 PLANTA ADMINISTRATIVA 11 Oficiales Administrativos 19 16 Oficiales Administrativos 20 9 Oficiales Administrativos 23 13 Oficiales Administrativos 24 3 Oficiales Administrativos 26 3 Oficiales Administrativos 28 2 Oficiales Administrativos 29 El o los cargos de Oficiales Administrativos de grado 29, se transformarán en grado 31 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTAS DE OBREROS Grado Nº Cargo Designación del Cargo Escala Unica 10 Obreros Especializados Clase "A" 25 17 Obreros Especializados Clase "B" 27 24 Obreros Especializados Clase "C" 28 16 Obreros Especializados Clase "D" 29 15 Obreros no Especializados Clase "A" 29 16 Obreros no Especializados Clase "E" 30 15 Obreros no Especializados Clase "B" 30 16 Obreros no Especializados Clase "C" 32 El o los cargos de Obreros no Especializados Clase "C" de grado 32, se convertirán en grado 35 a medida que vayan quedando vacantes.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2º.- Para el desempeño de los cargos que a continuación se indican se requerirá estar en posesión de los títulos profesionales o técnicos y la experiencia que en cada caso se señalan: Cargo Requisito Gerente Ingeniero Civil. Subgerente Ingeniero Civil. Jefe Depto. Técnico Ingeniero Civil. Fiscal Abogado. Secretario Abogado Abogado. Jefe de Contraloría Ingeniero Comercial o Contador Auditor. Jefe de Contabilidad Ingeniero Comercial o Contador Auditor. Ingeniero Civil gr. 8º Título respectivo y experiencia de más de 3 años. Constructor Civil gr. 10º Título respectivo y experiencia de más de 3 años. Jefe de Plantas elevadoras de Título de técnico Valpo. y Viña del Mar universitario y experiencia de más de 3 años. Jefe Inspectores Mantención de Título de Técnico Valpo. y Viña del Mar Universitario y experiencia de más de 3 años.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3º.- El Presidente de la Empresa procederá a encasillar, discrecionalmente y por una sola vez, al personal de la Institución en actual ejercicio. Para este efecto deberá considerar los requisitos de especialidad o conocimiento que las funciones requieran, quedando facultado para designar en los cargos mencionados en el artículo anterior a los funcionarios que actualmente los ejercen, aún cuando no cumplan con los requisitos exigidos en dicha disposición.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4º.- El personal de la Empresa percibirá, además de sus sueldos, las asignaciones contempladas en los artículos 5º del decreto ley 249, y 3º del decreto ley 479, ambos de 1974, reconociéndose al personal que se encuentre en funciones a la fecha de publicación de este decreto ley, por una sola vez, el tiempo efectivamente servido en organismos e instituciones del Estado al 31 de Diciembre de 1973.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 5
Artículo 5º.- Las remuneraciones del personal a que se refiere el presente decreto ley, se ajustarán solamente a las disposiciones de dicho cuerpo legal aun cuando anteriormente se rigieran por las normas del sector privado.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo TRANSITORIOTransitoriotransitorio
Artículo transitorio.- Se autoriza a la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar para que dentro del plazo de 30 días, desde el momento en que se paguen las remuneraciones a su personal ajustadas al presente decreto ley, pueda efectuar los aportes previsionales pertinentes sin estar afecta a intereses de ninguna especie.